Durante esta campaña de estival de 2026, la Guardia Civil, en coordinación con la Dirección General Marítima, está desarrollado a nivel nacional la 'Campaña de control de embarcaciones de recreo y motos náuticas, periodo estival', en dos fases:
Durante la primera fase la campaña, de carácter informativo, llevada a cabo durante la segunda quincena de junio, estuvo dirigida a los clubes náuticos y empresas dedicadas al alquiler de embarcaciones recreativas y de motos náuticas, sobre la necesidad de cumplir la normativa al objeto de evitar accidentes en la mar.
Durante la segunda fase, que se encuentra actualmente en ejecución hasta el 15 de septiembre, la Guardia Civil intensifica, en el ámbito del resto de sus competencias y actuaciones, los servicios de vigilancia y control, llevando a cabo igualmente labores de información y prevención, para garantizar la seguridad marítima, vigilancia de las costas y puertos para prevenir la comisión de infracciones, dando como resultado hasta la fecha, tras más de ciento cincuenta inspecciones, sesenta y seis propuestas de sanción, de las cuales veintinueve han sido a motos náuticas.
Durante estas actuaciones, la Guardia Civil desarrolla servicios de vigilancia y control, llevando a cabo labores de información y prevención, para garantizar la seguridad marítima, vigilancia de las costas y puertos, todo ello, para prevenir la comisión de infracciones y controlar e inspeccionar las actividades chárteres y “party boats. Se ejecutan inspecciones de titulaciones, de Técnicas de Barcos (I.T.B.) y comprobaciones de seguro de responsabilidad civil de la flota. Se supervisará la actividad lucrativa ejercida con la titulación náutica deportiva, mediante las habilitaciones ajenas o titulación profesional en buques y embarcaciones de recreo, lo cual, se realiza con apoyo por unidades Fiscales y de Fronteras, así como identificando posibles actividades de intrusismo o en el ámbito laboral para su traslado a las autoridades competentes.
Se controlarán los fondeos en las zonas no habilitadas y las zonas con protección medioambiental. Se supervisará la actividad de la navegación en embarcaciones sin necesidad de titulación. Se mantendrá una especial vigilancia en el respeto de la normativa de navegación en los tramos sin balizamiento y delimitados especialmente para el baño de las playas y, se llevará cabo un control específico sobre el cumplimiento de las normas que regulan la actividad de alquiler y uso de las motos acuáticas.
Especial atención se prestará a la vigilancia de las embarcaciones para que no invadan las zonas de baño y así mejorar la seguridad tanto de usuarios como de bañistas, aspectos en los cuales se colaborará con otros cuerpos policiales y ámbitos de distintas administraciones.
Estas actuaciones se desarrollan con el propósito general de mejorar la seguridad en esta época en que se produce un incremento de siniestros en los que se ven involucradas embarcaciones de recreo y que pueden afectar a bañistas o personas que nada tienen que ver con actividades náuticas.
Se solicita la colaboración ciudadana de cara a trasladar al 062 cualquier incidencia o amenaza a la seguridad para intervención de la Guardia Civil en los más de 200 kilómetros de costas y playas de la provincia.
Normativa
La Comandancia de la Guardia Civil de Almería recuerda las publicaciones en el Boletín Oficial de la Provincia, de la Resolución de 11 de mayo de 2026, de la Capitanía Marítima de Almería, por la que se establecen normas de seguridad marítima para las aguas marítimas del ámbito geográfico de competencias de la Capitanía Marítima de Almería, y de la Resolución de 8 de junio de 2026, de la misma Capitanía, por la que se adoptan normas especiales para la navegación y el uso de las motos náuticas en las aguas de Almería.
Destacar la Resolución de 1 de diciembre de 2025, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería, por la que se prohíbe la actividad motonáutica en la totalidad de la franja marítimo litoral protegida del Parque Natural Cabo de Gata-Nijar.
Consejos de seguridad
Para garantizar la seguridad de los usuarios de las playas y especialmente de los bañistas, se ha establecido una zona de protección generalmente balizada. Esta zona corresponda a una banda paralela a la costa de 200 metros de ancho, en la que la navegación está prohibida, o condicionada a una velocidad de 3 nudos si no está balizada.
En las zonas de baño balizadas, está prohibida la navegación deportiva y de recreo, debiendo las embarcaciones y motos náuticas que salgan o se dirijan a las playas, hacerlo por los canales habilitados para ello.